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22/09/2017

Después de seis meses, el gobierno reglamentó la ley que habilita el uso medicinal del cannabis

La normativa que autoriza la investigación médica y científica de la planta y sus derivados, y el acceso gratuito para los pacientes con prescripción médica había sido sancionada en marzo por unanimidad.

 

El Gobierno nacional publicó hoy en el Boletín Oficial el decreto que reglamenta la ley N° 27.350 que autoriza la investigación médica y científica de la planta de cannabis y sus derivados para el uso medicinal, que el Congreso había aprobado a fines de marzo pasado, por una iniciativa de la diputada nacional por Entre Ríos Carolina Gaillard (FPV).

El decreto 738/2017, que lleva la firma del presidente Mauricio Macri; del jefe de Gabinete, Marcos Peña, y del ministro de Salud, Jorge Lemus, pone en funcionamiento el denominado "Programa nacional para el estudio y la investigación del uso medicinal de la planta de cannabis, sus derivados y tratamientos no convencionales".

Cabe recordar que el 14 de julio había vencido el plazo para que el Ejecutivo reglamente la norma. La demora impedía la puesta en vigencia y el consecuente alivio para cientos de pacientes.

Según señala la norma, entre sus considerandos, "resulta prioritario que la Autoridad de Aplicación cuente con información científicamente verificada respecto de las propiedades de la planta de Cannabis y sus derivados y su impacto en el organismo humano".

La ley busca garantizar el acceso del llamado aceite de cannabis para pacientes que padezcan determinadas enfermedades, previa determinación médica.

Además, dispone "un marco regulatorio para la investigación médica y científica del uso medicinal, terapéutico y/o paliativo del dolor de la planta del cannabis y de sus derivados" y crea un programa nacional para estudio e investigación de ese recurso y sus productos derivados.

En ese sentido, autoriza la importación del "aceite de cáñamo" y de otros derivados de la planta de cannabis hasta que el Estado pueda producirlo y el acceso gratuito para los pacientes que puedan necesitarlo según prescripción médica.

La ley otorga prioridad para la producción a los laboratorios públicos nucleados en la ANLAP y autoriza el cultivo de cannabis al Conicet y el INTA con fines de investigación.

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