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11/08/2017

Cómo afecta la veda electoral a comercios, bares y boliches

Desde las 8 de este viernes rigen determinadas prohibiciones para los precandidatos y desde el sábado, las restricciones para los ciudadanos. 

 

A las 8 de hoy comenzó la veda por las elecciones Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias (PASO) del domingo 13 de agosto.

En rigor, desde esa hora rigen determinadas prohibiciones para los precandidatos y desde el sábado, las restricciones para los ciudadanos.

 

En qué consiste la veda

-Están prohibidos los actos públicos de proselitismo y la difusión de propaganda política. Los medios no podrán difundir propaganda política. La veda alcanza a todo tipo de declaración de propaganda política de candidatos, funcionarios o comunicadores sociales, como la difusión de encuestas y sondeos preelectorales.

- Los boliches no abrirán el sábado. 

- No se podrá comprar/vender alcohol en ningún kiosco, drugstore, supermercado, bar o restaurante, desde la medianoche del sábado hasta las 18 del domingo. 

- Los comercios que deben permanecer cerrados entre las 20 del sábado y las 21 del domingo son los destinados al expendio de bebidas alcohólicas (vinerías, whiskerías, supermercados de bebidas, etc.).

- Los bares autorizados por la Justicia Nacional Electoral podrán atender al público normalmente. Eso sí: no podrán servir alcohol con las comidas.

- Los servicios de transporte funcionarán como todos los fines de semana. 

- Casamientos, fiestas de 15 y encuentros privados podrán realizarse sin problemas. 

- Los cines abrirán con normalidad, incluso se proyectarán las películas en horario de trasnoche. 

- Las obras de teatro se realizarán todo el fin de semana, como estaba agendado. Lo mismo ocurrirá con los espectáculos musicales.

- Quedan prohibidos todo tipo de espectáculo masivo -cultural, social o deportivo- durante el domingo hasta tres horas después de finalizado el proceso electoral (hasta las 21 hs del domingo).

 

Los ciudadanos que no respeten la veda podrán ser denunciados por violación al Código Electoral y sancionados, si la Justicia comprueba la falta.

El Código Electoral Nacional prohíbe además “la portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos durante el día de la elección, doce horas antes y tres horas después de finalizadas”.

Fuente: Noticiauno

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