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16/08/2017

Urribarri guardó silencio sobre amenazas a periodista, pero metió en Diputados una Ley Mordaza

En la segunda sesión que celebraron los diputados después de la amenaza proferida por uno de los integrantes del cuerpo a un periodista de NOTICIAUNO, el presidente de la cámara, Sergio Urribarri, en lugar de tratar los proyectos de repudio sobre el tema, presentó una iniciativa que amenaza la libertad de información.

 

Este martes sesionó la cámara de diputados de la provincia. Es la segunda vez que el cuerpo se reúne después de las amenazas proferidas por uno de sus miembros que está imputado por el delito en la Justicia (el diputado José Ángel Allende) contra el periodista de Noticiauno Martín Carboni, y es la segunda vez que el cuerpo OMITE TRATAR LAS INICIATIVAS DE REPUDIO PRESENTADAS por diputados de bloques de la oposición. 

En vez de enfrentar el asunto y dar curso a las iniciativas de repudio institucional contra un hecho que empaña la tolerancia democrática que impera en la Provincia, el presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Urribarri, no tuvo mejor idea que ingresar un proyecto de Ley de su autoría “para reglamentar el derecho a réplica establecido en el artículo 13 de la Constitución provincial”.  Iniciativa que tomó estado parlamentario y fue girada a la Comisión de Asuntos Constitucionales.

En la práctica, y tal como publicaron los portales Aim, Entreriosahora y Análisis, se trata de una ley mordaza que condiciona el trabajo de la prensa, dejándola en situación de altísima indefensión frente al poder de funcionarios o legisladores, que quedan habilitados para iniciar acciones legales contra los periodistas cuando una información no les plazca, ventile situaciones que prefieren mantener en reserva o revelen algo de su patrimonio.

Ya en el mes de abril de este año, Urribarri  -a través del diputado Juan Reynaldo Navarro- se animó SIN OBJECIONES DE LA OPOSICIÓN a poner límites al derecho de acceder a la información pública que tiene todo ciudadano. Otra traba para la prensa independiente. Lo hizo modificando el Reglamento General de Acceso a la Información Pública (por Decreto Nº 029) que fijó plazos más largos para que los legisladores provean la información requerida por cualquier ciudadano. Además de ello, el decreto establece que “el pedido de información pública (en lugar de ser respondido) debe girarse al área legal a fin de que emita opinión sobre la clasificación de los datos requeridos”. Y “si se considera que los datos solicitados son de carácter sensibles, el pedido (del ciudadano - periodista) deberá ser aprobado por el pleno de la Cámara (donde Urribarri tiene mayoría).

Después de esa traba, que YA ESTÁ VIGENTE CON EL ASENTIMIENTO DE LA OPOSICIÓN, este martes, Urribarri prosiguió en su embestida.

Su proyecto establece en el artículo primero que “El derecho a réplica consagrado en el artículo 13 de la Constitución Provincial será ejercido, de acuerdo con la reglamentación establecida por esta ley, por toda persona afectada en su honor o reputación por informaciones maliciosas, inexactas o agraviantes, emitidas en su perjuicio a través de un medio de comunicación social de cualquier especie, y que se dirijan al público en general, tiene derecho a efectuar en el mismo medio su respuesta u obtener su rectificación”.

Y agrega que el proceso “se iniciará con una presentación escrita ante las autoridades del medio, en un plazo de quince días corridos desde que se emitiera la información que se pretende responder o rectificar. El medio deberá publicar la respuesta o rectificación en el plazo de tres días corridos de recepcionada la solicitud o en el siguiente número si se tratase de un medio gráfico o en el programa más próximo de similar audiencia en caso de medios audiovisuales y de radio”.

La iniciativa del exgobernador fija que la “respuesta o rectificación deberá ser proporcional y con los mismos caracteres que la información que diera origen al reclamo. Los medios gráficos y digitales deberán procurar la misma extensión, tipografía y diseño que los utilizados en la información maliciosa, inexacta o agraviante. Los medios audiovisuales o radiofónicos deberán emitir la respuesta o rectificar la información en el mismo programa y como mínimo durante el mismo tiempo”.

Además, establece que en caso de rechazarse la solicitud o no realizarse la publicación “en tiempo y forma, la persona perjudicada podrá acudir ante la Justicia ordinaria por la vía sumarísima prevista en el Código Procesal Civil y Comercial de Entre Ríos, siendo competente el juez del domicilio del afectado o del medio a elección del actor. La acción deberá deducirse dentro de los treinta  días corridos contados a partir de la fecha en que debió realizarse la publicación”.

“En caso de acogerse la acción –dice el artículo 9°, la publicación deberá realizarse dentro del plazo de cuarenta y ocho (48) horas de quedar firme la resolución judicial”. Y en caso de negarse el medio a publicar el derecho a réplica, “el juez que hubiere dispuesto la misma está facultado a aplicar una multa diaria cuyo monto estará vinculado al valor de los espacios publicitarios en dicho medio. A elección del afectado el juez además podrá disponer de que la rectificación se publique o difunda en otro medio similar a costa del editor o responsable del medio condenado”.

“La publicación parcial, defectuosa o que por cualquier otro motivo no se ajuste a las pautas establecidas en esta ley, será tenida como negativa del medio dando lugar a la aplicación de las sanciones que el juez interviniente determine”, insiste Urribarri.

Según publicó Análisis, el proyecto “ya fue girado a la Asociación de Entidades Periodísticas Argentinas (ADEPA), como así también al Foro de Periodismo Argentino (Fopea), quienes en próximos días se pronunciarán al respecto. ADEPA ya se ha manifestado en oposición a la aplicación por ley del derecho de réplica”.

 

El proyecto de ley al que accedió NOTICIAUNO

Fuente: Noticiauno- Aim - Entreriosahora - Analisis

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