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10/01/2018

La reforma laboral de Macri empieza por Decreto de Necesidad y Urgencia

El mega decreto de “reforma del Estado” que se publicaría en las próximas horas incluye puntos de la reforma laboral trabada en el Congreso. Los cambios apuntan a reducir multas a las empresas que tienen trabajadores en negro para que puedan acceder a créditos y beneficios del Estado.

 

El presidente Mauricio Macri firmará esta semana un mega Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) bajo la premisa de “reestructurar y desburocratizar el Estado”.

La norma incluye diversas normativas como la ampliación de los alcances de la firma digital, la habilitación de puertos, la creación de un Fondo Fiduciario para el desarrollo del capital emprendedor y hasta la regulación de la circulación de obras de arte.

Por otra parte, el DNU abarcará la regulación del régimen de contrataciones de la Administración de Bienes del Estado, el marco operatorio del Fondo de Garantía de Sustentabilidad de la Anses y definiciones del sistema métrico legal.

Por otra parte, se espera que la Administración Nacional de Aviación Civil, que es un organismo descentralizado dependiente del ministerio de Transporte, sea reemplazada por una sociedad del Estado, que se llamaría Empresa Argentina de Navegación Aérea S.E..

Asimismo, el Fondo de Garantías de la Pequeña y Mediana Empresa será reemplazado por el Fondo de Garantía Argentino.

Al mismo tiempo se espera una modificación en la Unidad de Información Financiera (UIF), a cargo de la investigación del lavado de activos.

Pero el decreto de necesidad y urgencia contemplaría además algunos de los puntos que estaban previstos en el proyecto de ley de reforma laboral que está paralizado en el Congreso y que el gobierno postergó para marzo por no contar tampoco con el apoyo unánime de la CGT.

Por ejemplo, la modificación del régimen de sanciones para los empleadores que tengan trabajadores en negro.

Según anticipó Ambito, el gobierno “reducirá las multas previstas para las empresas con trabajadores no registrados”.

Para ello buscará modificar la Ley 26.940 sancionada por la administración anterior que creó el Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (Repsal) y establecerá una reducción de las multas dinerarias establecidas en el régimen actualmente vigente y también bajará los plazos de permanencia de las empresas en esa especie de “veraz laboral” en el que figuran las compañías en las que fueran detectadas las irregularidades.

En la actualidad hay 22.000 empresas incorporadas en ese registro.

En el Ministerio de Trabajo de la Nación justificaron la reducción de multas y el acortamiento de los plazos para beneficiar a las empresas con el mismo argumento del blanqueo laboral: “la necesidad de facilitarles a las empresas una vuelta a la normalidad lo antes posible una vez saldada su deuda de aportes y contribuciones por haber mantenido personal no registrado”.

La Ley 26.940 que alumbró el sistema vigente estipula que las compañías sancionadas no pueden "acceder a programas, acciones asistenciales o de fomento, beneficios o subsidios administrados, implementados o financiados por el Estado nacional, líneas de crédito otorgadas por bancos públicos", celebrar contratos de diversa índole ni participar de concesiones o acceder a beneficios económicos del Estado.

Cerca del ministro Jorge Triaca alegaron que las condiciones previstas en el Repsal habían derivado en una suerte de parálisis de las inspecciones del trabajo por considerar que la inclusión en el registro podía significar una suerte de condena al estancamiento o incluso quebranto de las compañías incluidas.

Según los funcionarios de la cartera laboral, suavizar las multas y cepos contemplados en el Repsal permitiría relanzar las inspecciones laborales y obtener, eventualmente, un mayor cobro de multas y formalización de asalariados dentro del Plan Nacional de Regularización del Trabajo (PNRT).

Uno de los artículos del DNU reduce de 90 a 30 días el plazo de permanencia en el Repsal de los infractores que acrediten "la imposibilidad fáctica o jurídica de cumplir con la regularización de la conducta que generó la sanción". Y permite al Gobierno que en un período de "no más de 30 días corridos efectivice la inscripción en el Repsal" una vez constatada la irregularidad.

Además, deroga un artículo que sancionaba a las empresas infractoras a permanecer en el registro de incumplidores una vez regularizada la deuda cuando hubieran "obstruido inspecciones del Ministerio de Trabajo".

Fuente: Noticiauno

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