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25/06/2018

Corrupción: desafuero y juicio para los diputados kirchneristas Urribarri y Báez

Tras rechazar los planteos defensivos, el juez Eduardo Ruhl presidió la audiencia de elevación a juicio en una causa por el reparto de publicidad oficial a empresas de familiares y amigos de los exfuncionarios K. Además, solicitará el desafuero de los diputados provinciales Sergio Urribarri y Pedro Báez.

 

Este lunes el Ministerio Público Fiscal y las defensas controlaron la prueba que se producirá en el debate. En el listado de testigos aparecen varios funcionarios provinciales de alto.

Ahora el magistrado tiene tres días para efectivizar la elevación a juicio. En esa resolución, Ruhl pedirá que se designe un perito -a partir del convenio que firmó el Superior Tribunal de Justicia (STJ) con el Tribunal de Cuentas (TdC)-, para producir una prueba interesada por la defensa de Urribarri y que no elongaría la realización del juicio. Luego se sorteará la integración del tribunal y posteriormente se pedirá a la Oficina de Gestión de Audiencias (OGA) que fije una fecha.

Concluyó la audiencia de elevación a juicio en la causa por el direccionamiento de publicidad estatal entre 2010 y 2015. En primer término, el juez Ruhl rechazó los planteos defensivos que se hicieron el viernes pasado. Es decir, rechazó la excepción por falta de acción y los pedidos de nulidad de los defensores. Conocida esa decisión, el paso siguiente fue controlar la prueba que se producirá en el juicio, ofrecida por las partes.

En esa instancia, los defensores de Urribarri, Raúl Barrandeguy y Candelario Pérez, reclamaron la realización de una pericia contable por parte de un profesional designado por el Superior Tribunal de Justicia (STJ), a partir del convenio que se firmó con el TdC. El juez Ruhl consideró atinado el pedido, y en la resolución que emitirá dentro de tres días deberá pedir la designación de ese profesional, y establecer los plazos en los cuales tendrá que producirse esa prueba. En esa misma disposición, Ruhl adelantó que hará un pedido de desafuero para los diputados imputados -Sergio Urribarri y Pedro Báez-. Será cuestión de la Comisión de Acuerdos y Asuntos Constitucionales de la Cámara Baja, dar o no acogida a esa solicitud.

 

Luego de la remisión de las actuaciones a Tribunal de Juicios, el plazo es de diez días hábiles para designar un perito contable y ordenar la realización de la pericia que consistirá en despejar cuatro puntos de duda:

1) Si los gastos se realizaron conforme a los reglamentos del Estado.

2) Si hubo observaciones por parte del TdC.

3) Si el TdC controla quiénes son las personas integrantes de las firmas contratadas por el Estado, como así también si tienen relación o vínculo con los funcionarios del gobierno.

4) Cuáles son los principios que regulan el régimen de contratación de la administración conforme a la normativa vigente, incluso en las contrataciones de excepción. Entre esos cuatro puntos, el defensor Miguel Cullen pidió que se especifique sobre la reserva preventiva del gasto, específicamente cuando se trata de publicidad.

 

Los testigos y el descarte de indagatorias como prueba

Para el juicio oral, las partes acordaron un extenso listado de testigos que comprende citaciones a varios altos funcionarios o ex funcionarios públicos. Entre ellos figuran el fiscal de Estado, Julio Rodríguez Signes; el director por el Estado entrerriano en el Nuevo Banco de Entre Ríos, Diego Valiero; el ministro de Economía, Hugo Ballay; el jefe de la Policía, Gustavo Maslein; el contador General Aurelio Miraglio; el ex presidente del Tribunal de Cuentas, Hugo Molina; el secretario de la Gobernación, Edgardo Kueider; e l ex ministro de Turismo, Hugo Marsó; al contador Luis Erbes; Marcelo Casaretto; y Juan Javier García.

Además se citará a cuatro peritos de informática; la secretaria de Prensa de la Gobernación, Maricel Brusco; el contador Héctor Eduardo Enrique; el abogado Walter Carballo; Reinaldo Vitagliano de Buenos Aires; el imprentero Rubén Omar Ciscato de Santa Fe; un empleado municipal de Concepción del Uruguay que colaboró con el empresario Montañana; un empleado de la empresa de Montañana; el dueño de una empresa de publicidad por tener experiencia en el rubro y estar vinculado al uruguayense; el director de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Cultura, Pablo Dimier; María del Carmen Teruel; Jorge Omar Donoso; Andrés Julio Zaballa; Ignacio Grovitsky; Nora Deymonnaz; Hugo Berthet; y Norberto Mariani; Ignacio Labarba; Guillermo Federik, Rubén Cabrera (apoderado del PJ); y Faustino Schiavoni, entre otros.

También se determinó que no se incorporarán como prueba las indagatorias realizadas a Gustavo Tamay y Pedro Báez. Sus defensores entienden que son meros actos defensivos y no prueba. No es el mismo criterio de otros defensores, que sí decidieron la incorporación de las indagatorias realizadas a Juan Pablo Aguilera, Luciana Almada y Sergio Urribarri. En cuanto al resto de los imputados, todos se abstuvieron de declarar en la Investigación Penal Preparatoria (IPP).

 

El rechazo a los planteos defensivos

Ruhl fundamentó sus rechazos a los planteos defensivos realizados el viernes pasado. Para el juez, la excepción por falta de acción no corresponde porque “los organismos constitucionales tienen funciones administrativas atribuidas por la Constitución”. “El Tribunal de Cuentas no ejerce las funciones jurisdiccionales que son reservadas al Poder Judicial de manera exclusiva. La validación implicaría una violación a la independencia irrestricta de poderes”, consideró y citó varios fallos de la provincia al respecto.

Por otro lado, sobre los pedidos de nulidad, Ruhl señaló que “para que alguien pueda defenderse, es imprescindible que haya algo de qué defenderse”. “El hecho punible del requerimiento fiscal satisface los extremos que debe contener. Se describen hechos con una relación clara, precisa y circunstanciada. Si bien es cierto que los hechos no fueron separados materialmente, la síntesis es correcta y beneficiosa de los intereses de la defensa, porque permite mayor comprensión. La separación de los hechos, dado la multiplicidad de conductas que contiene el mismo, afectaría el derecho de defensa. Los hechos contienen detalles, fechas, números de resolución y expedientes y permiten la individualización. La calificación jurídico penales dadas son posibles, no hablamos en esta instancia de certezas. Y no puedo hacer mérito de la prueba si no la produzco”, dijo y acotó que “los imputados se han podido defender”.

Más allá de las decisiones de Ruhl, el defensor Cullen volvió a quejarse del requerimiento de elevación a juicio en cuanto a que considera que “no existe ninguna prueba que vincule a la empresa Next SRL”. “No figura en ninguna de las órdenes de pago”, acotó.

 

Reservas

Al final de la audiencia se hicieron varias reservas del caso federal. Todas fueron alrededor de los dos planteos fundamentales de las defensas. Por un lado, se volvió a atacar la imputación y se sostuvo que el delito de negociaciones incompatibles no se corresponde a los delitos de fraude, ni peculado, ni abuso de autoridad. Entiende uno de los defensores que en la imputación de negociaciones incompatibles no hay ilícito, porque en se trata de la contratación de un familiar. El otro punto central de las defensas es sostener que las aprobaciones de los organismos de control, otorgarían condición de cosa juzgada a un acto administrativo, con lo cual el Poder Judicial no tendría injerencia. También hubo reservas sobre este punto.

 

Qué se investiga

La investigación de los fiscales determinó la existencia de un mecanismo de direccionamiento de publicidad estatal en la vía pública, entre los años 2010 y 2015. El dinero del Estado que se administraba en la cartera de Báez, se otorgó por contratación directa y por vía de excepción a las empresas Tep y Next SRL, propiedad de Juan Pablo Aguilera.

Asimismo, algunas contrataciones fueron otorgadas a los empresarios Montañana (Concepción del Uruguay) y Bustamante (Paraná). Pero según reconoció el propio Bustamante, existía un mecanismo de retorno del dinero de las contrataciones a las empresas de Aguilera. La defraudación al Estado fue calculada en 24.204.918,69 pesos.

De ese total, los fiscales entienden que hubo contrataciones otorgadas por más de 12 millones a las empresas de Aguilera (que manejan su esposa, Giacopuzzi y Sena), que fueron incumplidas. Es decir, los representantes del MPF sostienen que todas las simulaciones de control de publicidad que se hicieron a través de fotomontajes (de donde viene el nombre ‘causa de la vaca’), corresponden a una defraudación que supera los 12 millones de pesos.

En la causa intervienen los fiscales Alejandro Cánepa, Patricia Yedro y Gonzalo Badano. Por otro lado, los defensores del ex gobernador, Raúl Barrandeguy y Candelario Pérez; y los abogados del ex ministro de Cultura y Comunicación, Ignacio Díaz y José Velázquez. También el defensor Marcos Rodríguez Allende por Juan Pablo Aguilera y Luciana Almada; el abogado Miguel Ángel Cullen por Corina Cargniel, Sena y Alejandro Almada; el abogado Guillermo Vartorelli por Giacopuzzi, Tamay y Cargniel; y Félix Pérez y Sebastián Arrechea por el empresario Montañana.



 

Fuente: Análisis

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