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13/11/2018

Cuestionan por “inconstitucional” el bono de fin de año

Para los expertos, atenta contra la libertad de contratación y genera escollos para todos los involucrados. Además, señalan que debía modificarse la ley. Por qué sería inconstitucional la medida.

 

El Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU), por el que el Gobierno obliga a los empleadores a pagar un bono de $5.000 a sus dependientes y les fija las pautas que deben seguir si tienen intenciones de despedir, será cuestionado en la Justicia.

En la nueva norma se establece que todas las compañías que quieran desvincular sin causa deberán avisarle al Ministerio de Producción y Trabajo con 10 días de anticipación. De no hacerlo, serán pasibles de multas.

Los asesores de empresas consultados por iProfesional coinciden en algo: no se las puede obligar a sumar nuevas instancias administrativas, ya que esto atenta contra la libertad de contratación y de propiedad privada.

Para el abogado Juan Carlos Cerutti, director de Plan A, "un decreto no puede modificar una ley. Si se quiere impedir o morigerar los despidos, no es esa la medida legal".

"Habría que sancionar una ley que modifique el artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT)", completa. Este artículo especifica cómo debe calcularse la indemnización por antigüedad.

Hace un tiempo, el Gobierno tuvo intenciones de eliminar de la base de cálculo los bonos, aguinaldos y bonificaciones, pero no obtuvo el aval del sindicalismo ni del peronismo para avanzar con el debate legislativo.

"La inclusión de más trámites para quienes quieran despedir (y pagar) un despido sin causa, no puede -ni debe- ser hecha por decreto, por lo que resulta absolutamente inconstitucional y contrario a la LCT", remarca el experto.

El nuevo sistema estará vigente hasta el 31 de marzo del año próximo, pero de acuerdo a fuentes gubernamentales consultadas por iProfesional, podría ser extendido.

De acuerdo al artículo 7, el Ministerio podrá convocar al empleador y al trabajador -junto a asistencia gremial pertinente- a audiencias para considerar las condiciones en las que llevará a cabo la futura extinción.

Si la empresa omite llevar a cabo este procedimiento, se le aplicarán las multas previstas en el anexo II de la Ley 25.512 vigente, pero no indica si se trata de una infracción leve, grave o muy grave, lo que es indispensable para establecer su cuantía.

"El decreto es totalmente ilegal y contrario a derecho, ya que atenta contra la libertad de empresa y la propiedad privada", destaca Cerutti.

 

Fuente: iProfesional

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