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MIERCOLES, 04 DE FEBRERO DE 2026

Gobierno pide que se acepte por ley la donación del terreno para construir la Escuela Esparza

El predio de 10.000 metros cuadrados fue donado a la Provincia por la Municipalidad de Paraná con ese fin en 2019 y la cesión se promulgó por Decreto en 2023.

 

El Poder Ejecutivo presentó un proyecto de ley para que la Legislatura entrerriana acepte la donación. Se sostuvo que es “objetivo primordial del CGE mejorar y fortalecer la calidad de la educación entrerriana para permitir que todos los adolescentes de la provincia accedan a realizar sus estudios”.

 

El Poder Ejecutivo de la Provincia presentó este lunes un proyecto de ley por el que se solicita a la Legislatura de la Provincia de Entre Ríos que sancione con fuerza de Ley la autorización “al Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos con afectación al Consejo General de Educación, a aceptar la donación de una fracción de terreno propiedad de la Municipalidad de Paraná…”, con “destino a la construcción de la Escuela Secundaria Nº 78 Intendente Juan Carlos Esparza del Departamento Paraná”.

 

En los fundamentos el Gobierno recordó la Ordenanza Nº 9850/19 del  Concejo Deliberante de Paraná, modificada mediante Ordenanza Nº 10124/23, promulgada por Decreto Nº 2748/23 del intendente de Paraná.

 

También señaló que “en el marco de lo dispuesto por la Ley de Educación Provincial Nº 9.890 el Consejo General de Educación asume el compromiso de planificar, administrar y supervisar el Sistema Educativo Provincial, proponiendo la aceptación de la donación de bienes que contribuyan al desarrollo de la educación” y añadió que “es objetivo primordial del Consejo General de Educación mejorar y fortalecer la calidad de la Educación Entrerriana, para permitir que todos los adolescentes de la Provincia accedan a realizar sus estudios”.

 

El proyecto consignó que “la norma que se propicia se funda en el Artículo 81 de la Constitución Provincial y el Artículo 59º del Decreto Nº 404/95 MEO.ySP – TUyO de la Ley Nº 5.140 modificado por la Ley Nº 8.964 de Administración Financiera de los Bienes y las Contrataciones”.

 

Así, se señaló que “la donación interesada podría ser encuadrada en el Decreto Nº 6197/86 GOB, en cuanto a que todas las escrituras traslativas de dominio de bienes muebles como así también la registración de titularidad que se refieran a bienes inmuebles destinados al Consejo General de Educación de la Provincia, deberán formalizarse de manera tal que la titularidad de dominio lo sea a nombre del Estado Provincial”.

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