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19/12/16

La CGT y el Gobierno acordaron puntos sobre Ganancias pero define el Congreso

La CGT y el Gobierno llegaron a un punto de consenso. Ahora el texto será debatido con los gobernadores y luego llevado a las dos cámaras del Congreso. Los 6 puntos claves del proyecto acordado de Ganancias.

 

Luego de varias semanas convulsionadas de discusión política, el Gobierno parece haber enderezado la discusión por la modificación del Impuesto a las Ganancias, cuyos alcances serán aplicados a partir del 1° de enero de 2017 siempre y cuando consiga el aval necesario del Congreso.

De acuerdo a las declaraciones de los funcionarios, Rogelio Frigerio, Mario Quintana y Jorge Triaca, y de los integrantes de la cúpula de la CGT, los principales aspectos del proyecto consensuado son:

Mínimo no imponible

El piso a partir del cual los trabajadores deben pagar por Ganancias llegará a $37 mil brutos para trabajadores casados con dos hijos. En el caso de los solteros, será $27.941.

Escalas y alícuotas

Hay un aumento que tendrá un impacto significativo, entre 167% y 300%, según declaraciones de Quintana. También se modifican las alícuotas para los trabajadores que ingresan por primera vez a Ganancias: será de 5% (hoy es de 9%).

Deducciones

Se mantiene la deducción por cónyuge y se incluye una nueva por el pago de los alquileres de vivienda familiar.

Feriados y días no laborables

El plus que reciben los trabajadores por diferencial quedará exento de Ganancias.

Horas extras

Las horas extras de días no laborables y feriados tienen un plus que quedará exento de pagar Ganancias. Las horas extras realizadas un día habitual pagarán Ganancias pero no alterarán la escala en la que está alcanzado el trabajador.

Aguinaldo

Se incluirá en el proyecto una forma de liquidar el impuesto de manera tal que el trabajador sufra la misma percepción todos los meses. Esto provocará que no haya un impacto desmedido en las dos cuotas anuales del aguinaldo.

CALCULADORA EN MANO

Según el nuevo proyecto al que accedió Infobae, las nuevas escalas serán las siguientes, siempre considerando los nuevos mínimos no imponibles, equivalente mensual:

Quienes superen el MNI entre $0 y $1.538: 5%, sobre el excedente de $0

 

de $1.538 mil a $3.077:  $77 + 9% sobre excedente de $1.538

 

de $3.077 a $4.615:  $277 + 12% sobre excedente de $3.077

 

de $4.615 a $6.154:  $554 + 15% sobre excedente de $4.615

 

de $6.154 a $9.231:  $923 + 19% sobre excedente de $6.154

 

de $9.231 a $12.308:  $1.754 + 23% sobre excedente de $9.231

 

de $12.308 a $18.462: $2.831 más 27% sobre excedente de $12.308

 

de $18.462 a $24.615:  $4.985 + 31% sobre excedente de $18.462

 

Más de $24.615:  $ 7.631 + 35% sobre excedente de $24.615

 

Fuente: Infobae

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