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El Ejecutivo Municipal de Paraná promulgó la ordenanza N° 9572 sancionada por el Concejo Deliberante que establece multas que oscilan entre las 50 y 300 Unidades Fijas, equivalentes al importe de 1 litro de nafta súper por unidad, a aquellos supermercados de la capital provincial que no cuenten con cajas exclusivas para la atención de personas mayores de 70 años, tal como lo dispone la ordenanza N° 9404.
Las infracciones al texto normativo aprobado se juzgarán y sancionarán de acuerdo a lo dispuesto en el Código de Faltas y Régimen de Penalidades para Faltas y el Órgano de Control de cumplimiento de lo dispuesto por la ordenanza 9572 será la Dirección de Habilitaciones Comerciales y/o la dependencia municipal que en el futuro lo reemplace.
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Fuente: Recintonet