El legislador Lucas Larrarte (PJ-San Salvador) presentó un proyecto de ley que pretende impedir que se realice un juicio abreviado cuando se trate de delitos sexuales. La iniciativa surgió a raíz del abuso sexual y femicidio de Micaela García. Hasta el momento, el juicio abreviado puede consagrarse cuando un delito tiene una pena inferior a los 15 años y se puede llevar a cabo sin la anuencia de la víctima o sus familiares directos. Según Larrarte, la legislatura tiene la facultad de modificar normas que en su aplicación se hayan aplicado mal o no hayan cumplido la función que se pensó al sancionarlo.
El juicio abreviado es una herramienta que permite acelerar los procesos penales y funciona como opción alternativa a los juicios tradicionales, acortando el procedimiento cuando hay pruebas contundentes y siempre que haya confesión del acusado.
Desde la implementación del nuevo Código Procesal Penal de Entre Ríos, la mayoría de las causas terminan resolviéndose mediante el acuerdo entre el fiscal y los acusados, sin llegar a un juicio oral, mediante el procedimiento abreviado.
Sin embargo, esta idea de “acuerdo” ha generado polémica porque para el dictado de una sentencia, y la consecuente resolución del conflicto, no es necesario el consentimiento de la víctima o sus familiares. También se prevé la posibilidad de que los jueces decidan rechazar el acuerdo y entonces corresponde que se realice el juicio, publicó El Diario.
El sistema se puede aplicar a cualquier delito siempre y cuando la pena acordada no supere los quince años de prisión. Eso es así hasta ahora, porque la Legislatura entrerriana tiene en debate un proyecto presentado por el senador Lucas Larrarte (PJ-San Salvador) que prevé exceptuar la posibilidad de que las causas donde se juzguen delitos contra la integridad sexual puedan ser resueltas mediante el juicio abreviado.
Micaela y después
El proyecto surgió al calor de la polémica generada tras el secuestro, abuso y femicidio de Micaela García, la joven estudiante de Concepción del Uruguay, perpetrado por Sebastián Wagner, el mismo que antes había sido condenado en un juicio abreviado por la violación de dos estudiantes universitarias y que se encontraba bajo el régimen de libertad condicional. En ese contexto se debate esta iniciativa.
De hecho, Larrarte se hace eco de ello en los fundamentos del proyecto cuando dice que “la Legislatura, como espacio propio del debate, (…) es una caja de resonancia de los distintos hechos de la sociedad, sean ellos de tipo económico, social, político u otro” y destaca que “la ciudadanía está conmovida por las noticias que dan cuenta de la comisión de delitos sexuales, seguidos en algunos casos de la muerte de la víctima”, tal es el caso de Micaela García, que había ocurrido unas semanas antes.
En ese marco es que el senador provincial plantea la necesidad de “analizar, estudiar, debatir y –en su caso– sancionar normas que contengan la modificación de aquellos institutos y herramientas jurídicas que no funcionan como esperaba el legislador que los sancionó o bien para sancionar normas que permitan realizar ajustes que perfeccionen su funcionamiento”.
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No dar lugar a interpretaciones
Concretamente, Larrarte propone revisar la aplicación del juicio abreviado en aquellos casos donde “la conducta del delincuente ha consistido en lacerar, abusar, ultrajar o humillar atentando contra la integridad sexual de una persona y en particular a un menor o una mujer”; y la conclusión es que “ante la realidad actual y el reclamo social en materia de delitos sexuales, no se justifica la aplicación de esta especie de beneficio”.
En su argumentación, el legislador advierte que la propia Corte Suprema de Justicia de la Nación considera que “improcedente” la resolución de un caso donde se juzguen delitos donde hubiere violencia contra la mujer en una instancia distinta al debate oral. Para el caso, se rechaza, según Larrarte, al juicio abreviado o la probation como “alternativas”. Más aún, dice el máximo tribunal que “el desarrollo del debate es de trascendencia capital efectos de posibilitar que la víctima asuma la facultad de comparecer para efectivizar el ‘acceso efectivo’ al proceso (…) de la manera más amplia posible, en pos de hacer valer su pretensión sancionatoria”.
Ante ese escenario, y para evitar cualquier tipo de “interpretación y el tratamiento permisivo por parte de algunos operadores del sistema judicial”, el legislador propone, lisa y llanamente, prohibir la resolución de casos donde se juzguen delitos sexuales por la vía del juicio abreviado, de modo de “evitar que mediante un artilugio jurídico los delincuentes sexuales y de género queden liberados sin cumplir con las penas que correspondan a tan aberrantes conductas, siempre, claro está, que haya razones fundadas para creer que se ha producido el delito”, concluyó.
Fuente: El Diario