Ester Molina, la fiscal Auxiliar Titular de la Unidad Fiscal de Federal que fue denunciada ante el Superior Tribunal de Justicia de la provincia por la senadora Nancy Miranda (Frente para la Victoria) y por el diputado Alejandro Bahler (Frente Renovador) ante el Instituto Nacional contra la Discriminación, Xenofobia y el Racismo (INADI) por las expresiones discriminatorias y pronunciamientos partidarios (ver nota), fue evaluada por el organismo nacional que se pronunció en duros términos sobre la funcionaria judicial quien, además, podría llegar a ocupar el cargo de jueza en el Juzgado de Garantías de Federación, ya que es la postulante que mayor puntaje obtuvo en el concurso de aspirantes entre 16 que se presentaron.
NOTICIAUNO reveló el 15 de septiembre una serie de publicaciones de Molina en la red social Facebook que dejaban al descubierto no solo su ideología político partidaria sino además fuertes apreciaciones xenófobas (ver nota acá).
“Hay una gran diferencia entre lo que es una persona de color y un negro de mierda”; “Hijo de Don Piketero y Doña Planera, nieto de Peronia y alumno de Baradel. En una palabra, está frito el pibe”, escribió entre otras cosas la aspirante a jueza en referencia a un menor de edad que aparece en una imagen con su rostro tapado y sosteniendo un palo. Asimismo no dudó en publicar numerosos comentarios políticos a favor del Pro y de Cambiemos.
Tras la denuncia del diputado Bahler, el INADI emitió un dictamen en el cual señala que las expresiones de la fiscal Molina tienen “un profundo contenido racista” y encuadran en el “estigma social que pesa sobre las personas que no responden al paradigma etnocentrista dominante, apelando en forma directa a asociar potenciales hechos delictivos cometidos por jóvenes provenientes de sectores en situación de vulnerabilidad social, con el color de piel negro”, por lo cual su conducta se encuadra en la ley nacional 23.592, que penaliza los actos discriminatorios con prisión de un mes a tres años.
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Entre los argumentos del dictamen al que accedió Paginajudicial, el INADI recordó que la Corte Suprema de Justicia de la Nación sostiene que “la limitación en el libre flujo de ideas que no incitan a la violencia anárquica es incompatible con la libertad de expresión y con los principios básicos que sostienen las formas pluralistas y democráticas de las sociedades actuales”. Y que las consideraciones que hizo Molina “de ninguna manera suponen que el derecho a la libre expresión sea un derecho absoluto, pues si bien es indubitable la amplia protección que el derecho nacional e internacional otorgan a la libertad de expresión, debe valorarse en la misma medida la prohibición de discriminación, ya que ambos derechos fundamentales pueden entrar en conflicto en atención a su necesario carácter relativo”. En ese sentido, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha considerado que “es importante destacar que el derecho a la libertad de expresión no es un derecho absoluto, éste puede ser objeto de restricciones”.
Finalmente, la delegada del organismo nacional en Entre Ríos, Silvia Campos que firma el dictamen dejó “en la órbita de la Justicia la determinación fehaciente de la pertenencia de las cuentas (de la red social) a la denunciada Molina”.
Fuente: Noticiauno