El intendente de Paraná, Sergio Varisco (Cambiemos), que está en la mira de la Justicia Federal por una causa que involucra al narcotraficante Daniel Tavi Celis y cuyo domicilio fue allanado la semana pasada al igual que su despacho en el municipio, marcando un hecho sin precedentes en la capital entrerriana, ahora tiene un revés en la Justicia provincial.
Varisco se había negado a brindar información a los vecinos sobre la traza del puente Paraná-Santa Fe, por tal motivo el Movimiento Despierta Paraná decidió promover un amparo en la Justicia. Este domingo se conoció la sentencia de la Sala III de la Cámara Segunda Civil y Comercial de Paraná, que hace lugar a la demanda condenando a la Municipalidad a dar cumplimiento con la Ley que garantiza el derecho a la información. El amparo había sido promovido por Lisandro Zapata Soñez y Patricia Pajares Herbel. También ordenó que por Secretaría se realicen las fotocopias del expediente que quedará a disposición de los interesados en Mesa de Entrada del Tribunal.
La negativa de Varisco de brindar información pública a sus vecinos, además de ser repudiable desde el punto de vista político por su rol en la función pública, las costas, unos $13.650 pesos, deberán pagarlos todos los paranaenses.
La Sala III de la Cámara Segunda Civil y Comercial de Paraná, resolvió hacer lugar a la demanda de amparo formulada por Lisandro Zapata Soñez y Patricia Pajares Herbel (que fueron patrocinados por la abogada Verónica Fischbach); y en consecuencia emplazó por el término de diez días hábiles a la Municipalidad de Paraná, “para que se expida respecto del pedido de información pública ambiental formulado en el expediente administrativo N° 6276/18”, de acuerdo a la publicación del sitio Análisis.
La resolución da respuesta a la negativa del intendente de Paraná, Sergio Varisco, a brindar información sobre la traza del puente Paraná-Santa Fe a los vecinos que componen el Movimiento Despierta Paraná, que promovió la acción de amparo en la Justicia.
En el punto dos de la resolución judicial, se ordena que por Secretaría, se extraigan “fotocopias del expediente administrativo y previa certificación, agréguense las mismas por cuerda a estos autos y devuélvase el expediente original a la accionada, el que queda a disposición en Mesa de Entrada de este Tribunal, a fin de dar cumplimiento a la presente sentencia”.
El fallo