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16/03/2021

Casaretto se metió con los jueces: “que paguen Ganancias como el resto de los ciudadanos”

El diputado nacional Marcelo Casaretto (PJ) presentó un proyecto de Ley para que “todos” los jueces paguen el impuesto a las Ganancias. “Si se considerara que el pago afecta la garantía de intangibilidad, cualquier tributo caería en estos términos y sería declarado inconstitucional por la CSJN”, expresó el legislador.

 

El diputado entrerriano Marcelo Casaretto confirmó a NOTICIAUNO que presentó este martes en el Congreso el proyecto de Ley que obliga a todos los jueces a pagar el impuesto a las Ganancias. “Hoy presenté un proyecto de Ley para que los Jueces paguen Impuesto a las Ganancias, tal como el resto de los ciudadanos argentinos”, dijo.

El legislador peronista afirmó a este medio que “el impuesto a las Ganancias es un impuesto de carácter general pero los jueces tienen una exención de pagarlo, solamente lo están pagando aquellos que fueron nombrados a partir de 2017 y por solo una parte de sus ingresos, por lo tanto lo que creo es que la sociedad va evolucionando y demanda que corrijamos estas desigualdades”.

Casaretto detalló que “antes, por ejemplo, no pagaban Ganancias los legisladores, ahora desde 1996 pagan de la manera que corresponde y así va avanzando la sociedad, por eso insisto que es momento que terminemos con este privilegio del Poder Judicial que tienen ingresos de 500 y 800 mil pesos por mes y no pagan impuesto a las Ganancias”, dijo y agregó que “por eso presenté el proyecto de Ley que ya están firmando en adhesión muchos colegas legisladores”.

El exministro de Economía de Entre Ríos cuestionó que “la Ley vigente establece que sólo pagan los designados a partir de 2017, y lo hacen sólo sobre una parte de sus haberes”, y agregó que: “en referencia a la garantía de intangibilidad de las remuneraciones de los jueces frente al pago de tributos, la Constitución Nacional establece que son atribuciones exclusivas del Congreso determinar cuáles serán las contribuciones que de manera equitativa y proporcional se le imponga a la población (ver artículo 4, 17, 52 y 75 inc. 2 de la Constitución Nacional). En su definición, los tributos son ingresos que consisten en prestaciones pecuniarias exigidas por el Estado, con el fin primordial de obtener los ingresos necesarios para el sostenimiento de los gastos públicos. El pago del Impuesto a las ganancias es una obligación por parte de los contribuyentes, incluyendo los magistrados y funcionarios del Poder Judicial. Si se considerara que el pago de ellos afecta la garantía de intangibilidad de sus remuneraciones, cualquier tributo caería en estos términos y sería declarado inconstitucional por la CSJN”.

Para Casaretto, “en la actualidad resulta insostenible continuar defendiendo la postura de la exención impositiva para los integrantes del Poder Judicial. Los principios de igualdad frente a los impuestos y fundamentalmente de generalidad tributaria crean una limitación a la justificación pretendida”, advirtió.

También consideró que “se debe establecer el pago del Impuesto a las Ganancias para el PODER EJECUTIVO, el PODER LEGISLATIVO y el PODER JUDICIAL, tanto a nivel NACIONAL, PROVINCIAL y MUNICIPAL, sin ningún tipo de privilegios frente al común de los ciudadanos. Que los jueces paguen a un impuesto general es meramente reconocer que ellos son también ciudadanos y que su particular función en el gobierno no genera inmunidad para compartir con el resto de los ciudadanos la carga tributaria”.

De acuerdo al texto del proyecto al que accedió NOTICIAUNO, “se modifican los incisos a) y c) del artículo 82 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado Decreto 824/2019 de 2019 y sus modificaciones, por el siguiente: “ARTÍCULO 82.- Constituyen ganancias de cuarta categoría las provenientes:

a) Del desempeño de cargos públicos nacionales, provinciales, municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sin excepción, incluidos los cargos electivos de los Poderes Ejecutivos y Legislativos. En el caso de los Magistrados, Funcionarios y Empleados del Poder Judicial de la Nación y de las provincias y del Ministerio Público de la Nación, la totalidad de sus ingresos se incluirán dentro de los ingresos gravados, independientemente de la fecha de su nombramiento, y por todos los conceptos que integran sus remuneraciones.

c) De las jubilaciones, pensiones, retiros o subsidios de cualquier especie en cuanto tengan su origen en el trabajo personal, aunque no hayan estado sujetos al pago del impuesto, y de los consejeros de las sociedades cooperativas.”

Finalmente, Casaretto reconoció a este medio que “seguramente este proyecto va a generar pronunciamientos adversos y acordadas de quienes hoy tienen un relativo privilegio frente al resto de los ciudadanos” y describió que “mientras tuvo vigencia la Ley de 1996 era una Acordada de la CSJN la que disponía la inaplicabilidad de la Ley. Pero desde 2016 es la Ley la que dispone que  la mayoría de los jueces no paguen Ganancias en actividad o jubilados. Y desde el Protocolo del Consejo de la Magistratura, que los que pagan, lo hagan sólo por una parte de los conceptos de sus remuneraciones. Por eso, en este momento, es nuestra responsabilidad como Legisladores, regular en la materia. En otros momentos el mismo privilegio que detentan los jueces lo tenían Legisladores. Esa distorsión se corrigió en 1996, y desde hace 25 años TODOS LOS LEGISLADORES PAGAN GANANCIAS. Y ahora es momento, para corregir esta distorsión que hoy subsiste, y resulta inaceptable para el conjunto de la sociedad”.

 

Fuente: NOTICIAUNO

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