Mediante el Decreto Nº 747 del Ministerio de Gobierno, publicado este viernes en el Boletín Oficial, Entre Ríos dispuso una leve modificación de algunas de las restricciones que ya estaban vigentes desde el 9 de abril con el último Decreto provincial (el Nº 606).
Como contó Noticiauno, la provincia no se plegó al cierre total de actividades luego de las ocho de la noche ni a la suspensión de las clases presenciales.
En cambio definió –con algunas modificaciones y con vigencia hasta el 30 de abril- sostener el régimen de aperturas comerciales y económicas ya habilitadas, ampliando la restricción a la nocturnidad solo por espacio de una hora.
En localidades definidas como de alto riesgo epidemiológico y sanitario, se dictarán disposiciones locales y focalizadas de contención que se llevarán adelante junto a las autoridades municipales. Los intendentes podrán ampliar los alcances de las medidas dispuestas por la normativa provincial.
El decreto al que accedió NOTICIAUNO ratifica las prohibiciones que desde el 9 y hasta el 30 de abril rigen para todo el país relativas a reuniones familiares y turismo grupal: siguen prohibidas las reuniones sociales o familiares en los domicilios particulares de más de 10 personas, y los viajes grupales de egresados, jubilados, grupos turísticos y para realización de actividades recreativas y sociales.
Las nuevas disposiciones provinciales:
-No se podrá circular entre las 0 y las 6 de la mañana de lunes a domingo inclusive.
Hasta este viernes estaba prohibida la circulación de 0 a 6 de la mañana de lunes a jueves y de 1 a 6 de la mañana de viernes a domingos con una tolerancia de 30 minutos.
-Están prohibidas las actividades y reuniones sociales en espacios públicos al aire libre de más de 50 personas.
Hasta este viernes la restricción aplicaba a las reuniones de hasta 100 personas.
-Los eventos culturales, sociales, recreativos y religiosos, las actividades de cines, teatros, clubes, centros culturales, gimnasios, salones y establecimientos afines en espacios cerrados, se podrán realizar ocupando como máximo el 50% de la superficie y con un máximo de asistencia de 50 personas.
- Los locales gastronómicos y salas de entretenimiento podrán desarrollarse ocupando el 50% de la superficie, SIN LÍMITE DE PERSONAS.
-El transporte público seguirá funcionando de acuerdo a los protocolos vigentes.
-Las actividades económicas, industriales, comerciales y de servicios podrán seguir realizándose con los protocolos aprobados por el COES como hasta el momento.
-Las competencias oficiales nacionales, regionales y provinciales de deportes en lugares cerrados podrán desarrollarse siempre y cuando cuenten con protocolos aprobados por las autoridades sanitarias.
Fuente: Noticiauno