La Cámara de Casación de Paraná, integrada por las juezas Marcela Davite, Marcela Badano y María del Luján Giorgio, confirmó este martes la sentencia dictada en mayo de 2022 por el Tribunal de Juicio de Paraná -integrado por el juez Gustavo Pimentel- que condenó al secretario general del gremio UPCN, José Allende, a la pena de dos años de prisión condicional, por el delito de coacciones perpetrado contra el periodista de Noticiauno Martín Carboni.
El 30 de mayo de 2017, Allende intimidó públicamente a Carboni para que cesara con las investigaciones periodísticas publicadas en Noticiauno, vinculadas a contrataciones en Ministerio de Salud de la Provincia de Entre Ríos cuando era conducido por su brazo político, Ariel De La Rosa.
El sindicalista disparó una gravísima amenaza mientras era entrevistado en una radio local que lo consultaba acerca de las publicaciones de este medio, que venía informando numerosas irregularidades, situaciones escandalosas y en general, el deterioro de la Salud pública provincial.
Fue en ese contexto que Allende lanzó la amenaza, apelando a uno de los crímenes más emblemáticos y terribles de la democracia, que atentó contra la libertad de prensa y cambió la historia del periodismo, comparando lo que podría ocurrirle al periodista Martín Carboni con el asesinato del reportero gráfico José Luis Cabezas, por cuya autoría intelectual fue sindicado el empresario Alfredo Yabrán, quien posteriormente se suicidó.
Incluso le advirtió al propio gobernador, Gustavo Bordet, por el riesgo político que correría si, ante las críticas de Noticiauno, "algún alcahuete tomara medidas como esas", como las que tomaron "los alcahuetes de Yabrán", que mataron a Cabezas.
Textualmente, Allende dijo: “Vos viste que Yabrán no se suicida porque él lo mató a Cabezas. Yabrán se suicida porque los alcahuetes de Yabrán, queriendo quedar bien, lo apretaron a Cabezas y se les fue la mano y lo mataron. Acá no vaya a ser que le pase al gobernador que algunos alcahuetes que tiene alrededor tomen ese tipo de actitud y terminen perjudicándolo”.
Tras el dictado de la condena a dos años de prisión condicional (y una serie de reglas de conducta obligatorias que deberá cumplir Allende), sus abogados defensores, Maximiliano Rusconi y Leopoldo Lambruschini, interpusieron recurso de casación, solicitando que se revoque o anule la sentencia y se absuelva a Allende, por considerar que la sentencia dictada por el juez Pimentel “carece de motivación suficiente” e “importa una violación a las garantías constitucionales contenidas en el art. 18 de la Constitución Nacional y Pactos Internacionales, afectando el derecho de defensa en juicio, el debido proceso legal, el derecho a contar con una imputación clara, precisa y circunstanciada, el principio de legalidad, y el in dubio pro reo; resultando en definitiva una resolución arbitraria”.
La defensa del mandamás de UPCN planteó además que las amenazas vertidas por Allende fueron “descontextualizadas”. Hasta llegaron a argumentar que “resulta preocupante el intento de condicionar la libertad de expresión de un luchador gremial”.
Por su parte, en representación del Ministerio Público Fiscal, el Fiscal Álvaro Piérola solicitó que la Cámara confirme la condena, que “respeta todos los estándares legales y jurisprudenciales”. Piérola sostuvo que “lo que se plantea como agravio (por parte de la defensa del gremialista) es una tergiversación de lo que se produjo en el debate” del juicio oral previo.
El alegato la Fiscalía “destacó la tarea periodística, porque tiene que ver con la función de la víctima y con la plena vigencia del estado de derecho, sobre todo el periodismo de investigación”.
Finalmente este martes, la Cámara de Casación de Paraná resolvió que el planteo de nulidad interpuesto por los defensores de Allende “además de resultar extemporáneo, debe rechazarse porque carece de fundamentación”. Es “un pedido de nulidad por la nulidad misma”, consigna el fallo al que accedió Noticiauno, y agrega que el pedido de nulidad “no puede prosperar”.
Las camaristas entendieron que “no cabe ninguna duda” que “las expresiones alusivas a lo que le ocurrió a Cabezas tuvieron un claro sentido intimidatorio para su destinatario -el periodista Carboni- y que fueron proferidas, justamente, para que éste cesara las investigaciones que el imputado entendía injustas y que se habían hecho públicas esa misma mañana”.
En otro párrafo, la sentencia de Casación señala que la interpretación de los hechos efectuada por Allende y sus defensores “sólo puede verse como un esfuerzo de los defensores, pero sus presupuestos, como se nota, encierran no pocas falacias”.
“La amenaza coactiva quedó registrada en la grabación de la entrevista radial. Basta su reproducción para advertir el sentido intimidatorio de la analogía que el imputado realiza con lo que le pasó al reportero gráfico Cabezas”, reitera el fallo de Casación, que echa por tierra los planteos defensivos del jefe de UPCN: “de ninguna manera puede inferirse, como lo sostiene la defensa, que los dichos de Allende estuvieran relacionados con la lucha por los derechos de los trabajadores”, desmiente la Cámara.
Por todo ello, las magistradas Marcela Davite y Marcela Badano, con la abstención de la jueza María del Luján Giogio, rechazaron la nulidad y confirmaron la condena a dos años de prisión de cumplimiento condicional que había solicitado la Fiscalía.
Fuente: Noticiauno