Jueves, 28 de Marzo de 2024 | 14:07:44

Clausuraron un geriátrico en Paraná y hay 6 más en la mira

Por la calamitosa situación del lugar, la Municipalidad en conjunto con la Provincia cerró el Hogar San Marcos donde residían 27 ancianos.

La clausura del lugar habilitado en el año 2013 se dispuso este lunes, luego de constatar serias infracciones a las normas sobre habilitación.

La acción fue llevada a cabo por la Secretaría de Salud Pública Municipal junto a la homónima cartera provincial, que también proveyó de ambulancias y un nuevo lugar para la estadía de los 27 ancianos que allí vivían.

La titular del Juzgado de Faltas Nº 3, Silvina García, emitió la orden de clausura “luego de un informe de Salud Pública” que evidenció “la precaria situación” del geriátrico ubicado en calle Ruiz Moreno al 1.100 de Paraná.

La jueza afirmó que el Hogar había sido intimado para reubicar a los ancianos, pero no había acatado la medida, y que “en su juzgado tiene otras seis causas similares”.

El Hogar San Marcos funcionaba desde el año 2013, sus dueños solicitaron la renovación de la habilitación que fue rechazada por la municipalidad tras una inspección.

Orlando Gómez, titular de Habilitaciones municipales, explicó que “se constataron irregularidades en temas escaleras, electricidad, estructuras y reformas que se hicieron pero no se habían presentado”.

Los requisitos para el normal funcionamiento para este tipo de emprendimientos están establecidos en la ordenanza 8860/09  sobre Habilitación, Control, Registro y Regulación de las Instituciones y Servicios Gerontológicos y Geriátricos.

Entre los puntos más importantes, la norma exige que estos lugares no deben tener desniveles que puedan provocar accidentes, las paredes deberán contar con barandas, y un depósito de reserva de agua potable, además de telefonía externa, fija y propia.

En cuanto a medidas de seguridad, los geriátricos deben poseer luz de emergencia en todas las habitaciones, aberturas que aseguren ventilación e iluminación natural directa. Cada dormitorio deberá tener capacidad máxima de tres camas simples para el caso de instituciones con fines de lucro y cuatro camas simples cuando se trate de instituciones sin fines de lucro.

El Municipio exige también un sanitario cada seis camas como mínimo, cocina, consultorio médico, lavadero de ropa, guardarropas y sanitario de uso exclusivo para el personal que presta servicios en el establecimiento.

En cuanto al personal, deben tener como mínimo un director o responsable de la organización y funcionamiento, que deberá ser profesional universitario con capacitación en la temática de la vejez, y un plantel de mucama, enfermero y auxiliares; personal de cocina, lavandería y mantenimiento general, médico interno o externo para atención de primer nivel, nutricionista trabajador social, psicólogo y técnico en psicogerontología.

 


 

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